El Consejo Universitario es el órgano colegiado representativo de la comunidad universitaria, encargado de ejercer funciones resolutivas en las materias relativas al quehacer académico e institucional de la Universidad. Estará constituido por el rector/a, quien lo integrará por derecho propio y lo presidirá, y por representantes de los tres estamentos en la siguiente proporción: dos tercios integrados por representantes del estamento académico y un tercio integrado por estudiantes y funcionarias/os universitarias/os de la institución. Este último tercio se distribuirá, a su vez, en dos terceras partes para los representantes estudiantiles y una tercera parte para los representantes del estamento funcionario universitario. Integrarán el estamento académico en tal condición las decanas/os y un o una representante de dicho estamento por cada una de las facultades de la Universidad. Con todo, la participación del estamento académico en este Consejo no podrá ser inferior a dos tercios del total de sus integrantes.