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Estamento funcionario

Elección de los y las representantes del estamento funcionario universitario ante el Consejo Universitario

A los funcionarios/as universitarios/as les corresponderá elegir cuatro integrantes del Consejo Universitario, de los cuales dos deberán ser hombres y dos mujeres.

1. Requisitos

Para representar al estamento funcionario universitario se requerirá tener, a lo menos, dos años de antigüedad en la institución al momento de la convocatoria, y no haber sido sancionado disciplinariamente con la medida de suspensión en los últimos dos años.

2. Procedimiento de nominación

Serán aplicables las normas comunes establecidas en el párrafo 5° de procedimiento de elección de consejeros/as ante el Consejo Universitario por parte de los estamentos estudiantil y funcionario universitario.

3. Quórum

El quórum mínimo para la elección de los consejeros/as será de un cuarenta por ciento para los funcionarios/as universitarios/as. En caso de no alcanzarse el quórum mínimo de participación corresponderá que se convoque a una segunda votación, la que se realizará dentro del plazo de cinco días hábiles, la cual se realizará con el mismo padrón electoral, quedando debidamente validada con el porcentaje de participación que se alcance.

4. Paridad y equidad de géneros

En caso de que no se alcance la paridad en la votación correspondiente, el candidato/a del género sobrerrepresentado con menor votación cederá su cupo al candidato/a del género opuesto con la mayor votación que no haya obtenido un cupo.

5. Vigencia de designación

Durarán dos años y podrán ser reelegidos mientras se mantengan en funciones y cumplan con los requisitos.